Mitos de fiscalización - Análisis de cumplimiento en plataformas tecnológicas

Publicado el 5 de junio de 2026, 20:36

En México, las personas tienen el derecho constitucional de dedicarse libremente a la profesión, industria, comercio o trabajo que les acomode, siempre que se trate de actividades lícitas. Seguramente se preguntarán por qué es importante comenzar hablando del artículo 5 de la Constitución. La respuesta es más sencilla de lo que parece.

Hace unos minutos encontré un comentario interesante en una página de internet. Léanlo ustedes mismos:

 


Al leerlo, me causó gracia, pero al mismo tiempo me generó preocupación. La pregunta original provenía de un usuario anónimo que consultaba en una comunidad de Facebook si realmente era necesario declarar y pagar impuestos al SAT. Háganme el favor. Este tipo de cuestionamientos resultan relativamente sencillos de responder para quienes tienen conocimientos en materia fiscal y contable, e incluso para cualquier persona con nociones básicas sobre obligaciones tributarias.

Regresemos por un momento a nuestra primera clase de impuestos y enfoquémonos en el Impuesto sobre la Renta (ISR). El artículo 1, fracción I, de la Ley del Impuesto sobre la Renta establece, en términos generales, que las personas físicas residentes en México están obligadas al pago de dicho impuesto respecto de los ingresos que obtengan. Dicho en palabras simples: si una persona obtiene ingresos, en principio estará sujeta al pago del ISR.

No pretendo bombardearlos con fundamentos legales, pues aquí únicamente estamos analizando uno de los elementos esenciales del impuesto. Para llegar a una conclusión definitiva, sería necesario estudiar los demás elementos de la contribución.

Bajo esa lógica, si obtengo ingresos, tendré una obligación tributaria. Por supuesto, existen supuestos en los que determinados ingresos pueden estar exentos o no ser objeto del impuesto; sin embargo, esa es una cuestión distinta.

Ahora bien, en el caso de las personas que prestan servicios, enajenan bienes o conceden el uso o goce temporal de inmuebles mediante plataformas tecnológicas, existe una obligación fiscal en materia de ISR. Lo interesante es que, en muchos casos, independientemente de la voluntad del contribuyente, el impuesto terminará siendo enterado a la autoridad, ya sea directamente por él o mediante las retenciones efectuadas por la propia plataforma, cuando estas tengan el carácter de pago definitivo conforme a la legislación aplicable.

Quiero aprovechar este espacio para aclarar una idea que con frecuencia difunden algunas personas, incluso ciertos contadores con escaso conocimiento técnico, así como individuos inexpertos en materia fiscal. Me refiero a la afirmación de que “el SAT no presta atención a las personas físicas porque está enfocado en los grandes contribuyentes”.

Desde una perspectiva técnica, esta afirmación carece de sustento. La obligación de contribuir no depende del tamaño del contribuyente, sino de la actualización de los supuestos previstos en las disposiciones fiscales. Lo he dicho de manera reiterada: si una persona obtiene ingresos gravados, existe una obligación tributaria. El cumplimiento fiscal no es una cuestión opcional ni depende de la percepción que tengamos sobre la capacidad de vigilancia de la autoridad.

Amigos y amigas, no debemos dejarnos engañar. La tecnología ha alcanzado niveles de desarrollo sin precedentes y continuará evolucionando. La inteligencia artificial y los sistemas automatizados de análisis de datos desempeñarán un papel cada vez más importante en el cruce de información y en los procesos de fiscalización.

Por ello, si piensas que por ser persona física el SAT nunca revisará tu situación fiscal, es posible que durante algún tiempo pases desapercibido. Sin embargo, la realidad es que los procesos modernos de recaudación y fiscalización ya no dependen exclusivamente de la intervención humana; cada vez se apoyan más en herramientas tecnológicas capaces de identificar inconsistencias y riesgos de incumplimiento de manera automatizada.

En conclusión, más allá de nuestras opiniones sobre el sistema tributario e, el cumplimiento de las obligaciones fiscales forma parte de la realidad jurídica de cualquier persona que obtenga ingresos. Por ello, la mejor recomendación sigue siendo la misma: cumplir correctamente con nuestras obligaciones fiscales y evitar problemas futuros con la autoridad.

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